A continuación, encontramos un listado con errores frecuentes que debemos evitar a la hora de elaborar nuestra declaración de renta:
- Usar los formularios 210 o 110 de forma incorrecta sin considerar los criterios de residencia fiscal.
- Restar del patrimonio los créditos hipotecarios para definir el tope de patrimonio en el cual se está obligado a declarar.
- Prestar las cuentas bancarias para consignaciones de terceros y no tenerlos en cuenta para determinar el monto de consignaciones por no ser ingresos propios.
- Utilizar el avaluó catastral del año en que se declara y paga (2021) en lugar de año gravable al que corresponde (2020).
- No declarar las cesantías acumuladas de los años 2017 y siguientes dentro del patrimonio bruto del contribuyente.
- Declarar los vehículos por el valor comercial o del avaluó de la declaración del impuesto de vehículo, debiendo ser declarado por el valor de la compra.
- No calcular el anticipo de impuesto de renta del año siguiente estando en la obligatoriedad de realizarlo.
- Utilizar un mismo dependiente económico como deducción por varios contribuyentes.
- Elaborar la declaración de renta exclusivamente con el reporte de información exógena, sin tener en cuenta que el obligado a reportar podría enviar cifras incorrectas o no enviar la información.
- No tener soportes de los pasivos incluidos en la declaración o tenerlos soportados de forma inadecuada (pasivos inexistentes).
- No declarar las cuentas bancarias, cuentas por cobrar y demás derechos o bienes poseídos en el exterior, omitiendo también presentar la declaración de activos en el exterior cuando se han superado los topes.
- No declarar la totalidad del patrimonio poseído por el contribuyente.
- Declarar las inversiones (acciones, cuotas partes de intereses) con las variaciones de mercado, valor intrínseco, valor nominal y no por su costo de adquisición.
- Tomar el valor de las retenciones de la información exógena y no conciliarlas con los correspondientes certificados.
- Arrastrar de forma incorrecta el anticipo liquidado en el año anterior o el saldo a favor a la declaración de renta actual.
- Incluir en la declaración deducciones inexistentes (medicina prepagada, intereses por prestamos de vivienda, dependientes económicos) con el fin de disminuir la renta líquida gravable.
- Considerar que, si por un periodo gravable se es declarante de renta, lo será por los siguientes periodos sin considerar los topes anuales establecidos en las normas.
- Presentar la declaración de renta en forma extemporánea y no liquidar las respectivas sanciones en la declaración si no en el recibo de pago o simplemente no liquidarla.
- Usar la mismas deducciones y rentas exentas en más de una cedula.
- No clasificar correctamente los ingresos según su origen en cada una de las cedulas (General, pensiones, dividendos y participaciones).
Por: Adriano Morelos Henríquez